Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto. Ley N°2.763 de 1979, y que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los Servicios de Salud, y de las leyes N°18.933 y N°18.469; el Decreto Supremo N°140, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo Nº66, de fecha 16 de octubre del 2018, del Ministerio de Salud, que nombra al Director del Servicio de Salud Araucanía Sur; la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificada por Leyes Nº20.088 de 2006 y Nº20.238 de 2008; el Decreto Supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886; la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta Nº04979, de 30 de abril de 2020, del Servicio de Salud Araucanía Sur que delega facultades al Director de Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N°01286, del 05 de febrero de 2021, del Servicio de Salud Araucanía Sur, que encomienda funciones como Directora del Complejo Asistencial Padre Las Casas a D. Andrea Catalán Vásquez; Resolución Exenta N° 04772, de fecha 20 de abril de 2020, que designa Subdirectora Administrativa del Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N° 000134, de fecha 11 de agosto de 2020, que aprueba Cartera de Servicios del Complejo Asistencial de Padre las Casas; en la Resolución Exenta N°162, de 15 de abril de 2020, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y sus modificaciones, que autoriza el funcionamiento del Complejo Asistencial Padre Las Casas; y, en las Resoluciones Nº7 de 2019 y N°16 de 2020, ambas de Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y Determina los Montos en UTM a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, respectivamente.
No. Proceso 1171142-101-LP21
Información:
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Productos o Servicios:
Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto. Ley N°2.763 de 1979, y que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los Servicios de Salud, y de las leyes N°18.933 y N°18.469; el Decreto Supremo N°140, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo Nº66, de fecha 16 de octubre del 2018, del Ministerio de Salud, que nombra al Director del Servicio de Salud Araucanía Sur; la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificada por Leyes Nº20.088 de 2006 y Nº20.238 de 2008; el Decreto Supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886; la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta Nº04979, de 30 de abril de 2020, del Servicio de Salud Araucanía Sur que delega facultades al Director de Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N°01286, del 05 de febrero de 2021, del Servicio de Salud Araucanía Sur, que encomienda funciones como Directora del Complejo Asistencial Padre Las Casas a D. Andrea Catalán Vásquez; Resolución Exenta N° 04772, de fecha 20 de abril de 2020, que designa Subdirectora Administrativa del Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N° 000134, de fecha 11 de agosto de 2020, que aprueba Cartera de Servicios del Complejo Asistencial de Padre las Casas; en la Resolución Exenta N°162, de 15 de abril de 2020, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y sus modificaciones, que autoriza el funcionamiento del Complejo Asistencial Padre Las Casas; y, en las Resoluciones Nº7 de 2019 y N°16 de 2020, ambas de Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y Determina los Montos en UTM a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, respectivamente.
Características de la licitación:
Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto. Ley N°2.763 de 1979, y que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los Servicios de Salud, y de las leyes N°18.933 y N°18.469; el Decreto Supremo N°140, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo Nº66, de fecha 16 de octubre del 2018, del Ministerio de Salud, que nombra al Director del Servicio de Salud Araucanía Sur; la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificada por Leyes Nº20.088 de 2006 y Nº20.238 de 2008; el Decreto Supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886; la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta Nº04979, de 30 de abril de 2020, del Servicio de Salud Araucanía Sur que delega facultades al Director de Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N°01286, del 05 de febrero de 2021, del Servicio de Salud Araucanía Sur, que encomienda funciones como Directora del Complejo Asistencial Padre Las Casas a D. Andrea Catalán Vásquez; Resolución Exenta N° 04772, de fecha 20 de abril de 2020, que designa Subdirectora Administrativa del Complejo Asistencial Padre Las Casas; en la Resolución Exenta N° 000134, de fecha 11 de agosto de 2020, que aprueba Cartera de Servicios del Complejo Asistencial de Padre las Casas; en la Resolución Exenta N°162, de 15 de abril de 2020, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y sus modificaciones, que autoriza el funcionamiento del Complejo Asistencial Padre Las Casas; y, en las Resoluciones Nº7 de 2019 y N°16 de 2020, ambas de Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y Determina los Montos en UTM a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, respectivamente.
Tipo de Licitación:(LR) Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM
HOSPITAL COMPLEJO ASISTENCIAL PADRE LAS CASAS
Organismo Demandante
Etapas y Plazos
2021-10-08
Montos y duración del contrato
Igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM